Medio Ambiente
SISTEMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
ESPECIFICACIONES Y DIRECTRICES PARA SU UTILIZACIÓN (ISO 14001:1996)
Esta Norma Europea ha sido aprobada por CEN el 1996-08-21. Los miembros de CEN están sometidos al
Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse,
sin modificación, la Norma Europea como norma nacional.
Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas
nacionales, pueden obtenerse en la Secretaría Central de CEN, o a través de sus miembros.
Esta Norma Europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra
lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada a la
Secretaría Central, tiene el mismo rango que aquéllas.
Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes:
Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia,
Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza.
CEN
COMITE EUROPEO DE NORMALIZACIÓN
European Committee for Standardization
Comité Européen de Normalisation
Europäisches Komitee für Normug
SECRETARÍA CENTRAL: Rue de Stassart, 36 B-1050 Bruxelles
ANTECEDENTES
El texto de esta Norma Internacional ISO 14001:1996 ha sido elaborado por el Comité Técnico ISO/TC
207 Gestión Medioambiental en colaboración con CEN/CS.
Esta Norma Europea deberá tener el rango de norma nacional, bien por publicación de un texto idéntico,
bien por ratificación lo más tarde en marzo de 1997 y todas las normas nacionales en contradicción
deberán retirarse lo más tarde en marzo de 1997.
Conforme a la Reglas Comunes de CEN/CENELEC, los países siguientes deben adoptar esta Norma
Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia,
Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza.
DECLARACIÓN
El texto de la Norma Internacional ISO 14001:1996 fue aprobado por CEN como Norma Europea sin
ninguna modificación.
NOTA.- Las referencias normativas a las publicaciones internacionales se relaciona en el anexo ZA
(normativo).
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN.
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN.
2. NORMAS PARA CONSULTA.
3. DEFINICIONES.
REQUISITOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
4.1. Requisitos generales.
4.2. Política medioambiental.
4.3. Planificación.
4.3.1. Aspectos medioambientales.
4.3.2. Requisitos legales y otros requisitos.
4.3.3. Comunicación.
4.3.4. Programa(s) de gestión medioambiental.
4.4. Implantación y funcionamiento.
4.4.1. Estructura y responsabilidades.
4.4.2. Formación, sensibilización y competencia profesional.
4.4.3. Comunicación.
4.4.4. Documentación del sistema de gestión medioambiental.
4.4.5. Control de documentación.
4.4.6. Control operacional.
4.4.7. Planes de emergencia y capacidad de respuesta.
4.5. Comprobación y acción correctora.
4.5.1. Seguimiento y medición.
4.5.2. No conformidad, acción correctora y acción preventiva.
4.5.3. Registros.
4.5.4. Auditoría del sistema de gestión medioambiental.
4.6. Revisión por la Dirección.
ANEXOS
A. DIRECTRICES PARA EL EMPLEO DE LA ESPECIFICACIÓN.
CORRESPONDENCIAS ENTRE LA NORMA ISO 14001 Y LA NORMA ISO 9001
BIBLIOGRAFÍA.
INTRODUCCIÓN
Organizaciones de todo tipo están cada vez más interesadas en alcanzar y demostrar una sólida
actuación medioambiental controlando el impacto de sus actividades, productos y servicios sobre el medio
ambiente, teniendo en cuenta su política y objetivos medioambientales. Lo hacen en el contexto de una
legislación cada vez más exigente, del desarrollo de políticas económicas y otras medidas para fomentar
la protección medioambiental y de un aumento general de la preocupación de las partes interesadas por
los temas medioambientales incluyendo el desarrollo sostenible.
Muchas organizaciones han emprendido "revisiones" o "auditorías" para evaluar su comportamiento
medioambiental. Sin embargo, esas "revisiones" y "auditorías" por sí mismas, pueden no se suficientes
para proporcionar a una organización la seguridad de que su actuación no sólo cumple, sino que
continuará cumpliendo los requisitos de la legislación y de su política. Para ser efectivas, necesitan estar
incluidas dentro de un sistema de gestión estructurado e integrado con la totalidad de las actividades de
gestión.
Las Normas Internacionales sobre gestión medioambiental tienen como finalidad proporcionar a las
organizaciones los elementos de un sistema de gestión medioambiental efectivo, que puede ser integrado
con otros requisitos de gestión, para ayudar a las organizaciones a conseguir objetivos medioambientales
y económicos. Estas normas, como otras Normas Internacionales, no tienen como fin usadas para crear
barreras comerciales o arancelarias, o para incrementar o cambiar las obligaciones legales de una
organización.
Esta Norma Internacional específica los requisitos de dicho sistema de gestión medioambiental. Se ha
escrito para ser aplicable a todos los tipos y tamaños de las organizaciones y para ajustarse a diversas
condiciones geográficas, culturales y sociales. La base de este enfoque se muestra en la figura 1. El éxito
del sistema de este tipo capacita a una organización para establecer y evaluar la efectividad de los
procedimientos para implantar una política y unos objetivos medioambientales, conseguir conformidad con
ellos y demostrar tal conformidad a terceros. El objetivo final de esta Norma Internacional es apoyar la
protección medioambiental y la prevención de la contaminación en equilibrio con las necesidades
socioeonómicas. Debería resaltarse que muchos de los requisitos pueden aplicarse simultáneamente, o
se puede volver sobre ellos en cualquier momento.
Existe una importante diferencia entre esta especificación que describe los requisitos para
certificación/registro y/o la autoevaluación de un sistema de gestión medioambiental de una organización,
y una guía no certificables que tenga como fin dar asistencia genérica a una organización para implantar
o mejorar un sistema de gestión medioambiental. La gestión medioambiental abarca una serie completa
de cuestiones incluyendo aquellas con implicaciones estratégicas y competitivas. La demostración de que
esta Norma Internacional se ha implantado con éxito puede utilizarse, por una organización, para
garantizar a las partes interesadas que hay implantado un sistema de gestión medioambiental apropiado.
Fig. 1.- Modelo de sistema de Gestión Medioambiental para esta Norma Internacional
Las directrices relativas a las técnicas auxiliares de gestión medioambiental, se contendrán en toras
Normas Internacionales.
Esta Norma Internacional contiene solamente aquellos requisitos que pueden ser auditados objetivamente
con propósitos de certificación/registro y/o de autodeclaración. Aquellas organizaciones que requieran
una orientación general sobre una más amplia gama de temas relacionados con los sistemas de gestión
medioambiental, deben referirse a ISO 14004 Sistemas de gestión medioambiental. Directrices generales
sobre principios, sistemas y técnicas de apoyo.
Debe notarse que esta Norma Internacional no establece requisitos categóricos para el comportamiento
medioambientales más allá del compromiso, en la política medioambiental, del cumplimiento de la
legislación y normativas aplicables y a la mejora continua. Por tanto, dos organizaciones que realizan
actividades similares pero que tienen diferentes comportamientos medioambientales, pueden ambas
cumplir con los requisitos.
La adopción e implantación de una gama de técnicas de gestión medioambiental de una manera
sistemática, puede contribuir a que se alcancen resultados óptimos para todas las partes interesadas. Sin
embargo, la adopción de esta especificación no garantiza en si mismos unos resultados medioambientales
óptimos. Para lograr objetivos de calidad medioambiental, el sistema de gestión medioambiental debería
animar a las organizaciones a considerar el empleo de la mejor tecnología disponible cuando fuera
apropiada y económicamente viable. Además, la efectividad con relación a los costes de tal tecnología
debería ser tomada plenamente en cuenta.
Esta Norma Internacional no tiene como fin ser aplicable, y por lo tanto no incluye requisitos, para
cuestiones de salud laboral y de seguridad industrial; sin embargo, no pretende desanimar a una
organización a que desarrolle la integración de dichos elementos del sistema de gestión. No obstante, el
proceso de certificación/registro solamente será aplicable a los aspectos del sistemas de
Esta Norma Internacional comparte principios comunes con la serie de Normas ISO 9000 relativas a los
sistemas de la calidad. Las organizaciones pueden elegir utilizar un sistema de gestión ya existen,
compatible con la serie ISO 9000 como base para el sistema de gestión medioambiental. Debe entenderse
sin embargo, que la aplicación de los distintos elementos del sistema de gestión puede diferir debido a los
distintos fines y a las diferentes partes interesadas. Mientras el sistema de gestión de la calidad tiene en
cuenta las necesidades de los clientes y usuarios, el sistema de gestión medioambiental se aplica a las
necesidades de una amplia gama de partes interesadas y las necesidades cambiantes de la sociedad
relativas a la protección medioambiental.
Los requisitos del sistema de gestión especificados en esta Norma Internacional no necesitan ser
establecidos independientemente de otros elementos existentes del sistema de gestión. En algunos
casos, será posible cumplir los requisitos adaptando elementos del sistema de gestión existentes.
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma Internacional especifica los requisitos para que un sistema de gestión medioambiental,
capacite a una organización para formular una política y unos objetivos, teniendo en cuenta los requisitos
legales y la información acerca de los impactos medioambientales significativos. Se aplica a aquellos
aspectos medioambientales que la organización puede controlar y sobre los que puede esperarse que
tenga influencia. No establece, por sí misma, criterios de actuación medioambiental específicos.
Esta Norma Internacional se aplica a cualquier organización que desee:
- Implantar, mantener al día y mejorar un sistema de gestión medioambiental.
- Asegurarse de su conformidad con su política medioambiental declarada
- Demostrar a terceros tal conformidad.
- Procurar la certificación/registro de su sistema de gestión medioambiental por una organización
externa.
- Llevar a cabo una autoevaluación y una autodeclaración de conformidad con esta Norma
Internacional.
Todos los requisitos de esta Norma Internacional tienen como fin su incorporación a cualquier sistema de
gestión medioambiental. La amplitud de su aplicación dependerá de factores tales como la política
medioambiental de la organización, la naturaleza de sus actividades y las condiciones en las que opera.
Esta Norma Internacional facilita también directrices informativas sobre el uso de las especificaciones en el
anexo A.
El alcance de cualquier aplicación de esta Norma Internacional debe estar claramente identificado.
NOTA.-Para facilitar su utilización, los apartados de la especificación y del anexo A tiene números
relacionados; así, por ejemplo los apartados 4.3.3 y A.3.3 se refieren a objetivos y metas
medioambientales y los apartados 4.5.4 y A.5.4 tratan sobre la auditoría del sistema de gestión
medioambiental.
2. NORMAS PARA CONSULTA
No hay normas para consulta hasta el momento.
3. DEFINICIONES
Para los fines de esta Norma Internacional se aplican las definiciones siguientes:
3.1. Mejora continua: Proceso de intensificación del sistema de gestión medioambiental para la obtención
de mejoras en el comportamiento medioambiental global, de acuerdo con la política medioambiental de la
organización.
NOTA.-El proceso no precisa ser llevado a cabo en todas las áreas de actividad simultáneamente.
3.2. Medio ambiente: Entorno en el cual una organización opera, incluyendo el aire, el agua, la tierra, los
recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.
NOTA.-El entorno en este contexto se extiende desde el interior de una organización al sistema global.
3.3. Aspecto medioambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que
puede interactuar con el medio ambiente.
NOTA.-El entorno medioambiental significativo es aquel que tiene o puede tener un impacto
medioambiental significativo.
3.4. Impacto medioambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente, sea adverso o beneficioso,
resultante en todo o en parte de las actividades, productos y servicios de una organización.
3.5. Sistema de gestión medioambiental: La parte del sistema general de gestión que incluye la estructura
organizativa, la planificación de las actividades, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos,
los procesos y los recursos para desarrollar, implantar, llevar a efecto, revisar y mantener al día la política
medioambiental.
3.6. Auditoría del sistema de gestión medioambiental: Proceso de verificación sistemático y documentado
para obtener y evaluar objetivamente evidencias para determinar si el sistema de gestión medioambiental
de una organización se ajusta a los criterios de auditoría del sistema de gestión medioambiental marcados
por la organización, y para la comunicación de los resultados de este proceso a la dirección.
3.7. Objetivo medioambiental: Fin medioambiental de carácter general, que tienen su origen en la política
medioambiental que una organización se marca así misma, y que está cuantificado siempre que sea
posible.
3.8. Comportamiento medioambiental: Resultados medibles del sistema de gestión medioambiental,
relativos al control por parte de una organización de sus aspectos medioambientales, basados en su
política medioambiental, sus objetivos y sus metas.
3.9. Política medioambiental: Declaración por parte de la organización, de sus intenciones y principios en
relación con su comportamiento medioambiental general, que proporciona un marco para su actuación y
para el establecimiento de sus objetivos y metas medioambientales.
3.10. Meta medioambiental: Requisito detallado de actuación, cuantificado cuando sea posible,
aplicable a la organización o a parte de la misma, que proviene de los objetivos medioambientales y que
debe establecerse y cumplirse en orden a alcanzar dichos objetivos.
3.11. Parte interesada: Individuo o grupo relacionado o afectado por las actuaciones medioambientales de
una organización.
3.12. Organización: Compañía, corporación, firma, empresa autoridad o institución, o parte o combinación
de ellas, tengan forma de sociedad o no, pública o privada, que tiene sus propias funciones y
administración.
NOTA.-Los beneficios potenciales de la prevención de la contaminación incluyen la disminución de
impactos medioambientales perjudiciales, la mejora de la eficiencia y la reducción de los costes.
4. REQUISITOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
4.1. Requisitos generales
La organización debe establecer y mantener al día un sistema medioambiental cuyos requisitos se
describen en el capítulo 4 de esta norma.
4.2. Política medioambiental
La alta dirección debe definir la política medioambiental de la organización, y asegurar que la misma:
- es apropiada a la naturaleza, magnitud e impactos medioambientales de sus actividades, productos
y servicios;
- incluye un compromiso de mejora continua y de prevención de la contaminación;
- incluye un compromiso de cumplir con la legislación y reglamentación medioambiental aplicable, y
con otros requisitos que la organización suscriba;
- proporciona el marco para establecer y revisar los objetivos y metas medioambientales;
- está documentada, implantada, mantenida al día y se comunica a todos los empleados;
- está a disposición del público.
4.3. Planificación
4.3.1. Aspectos medioambientales. La organización debe establecer y mantener al día el(los)
procedimientos(s) para identificar los aspectos medioambientales de sus actividades, productos o
servicios que pueda controlar y sobre el(los) que se pueda esperar que tenga influencia, para determinar
aquéllos que tienen o pueden tener impactos significativos en el medio ambiente. La organización debe
asegurarse de que los aspectos relacionados con estos impactos significativos se consideran cuando se
establezcan sus objetivos medioambientales.
La organización debe mantener esta información actualizada.
4.3.2. Requisitos legales y otros requisitos. La organización debe establecer y mantener al día un
procedimiento para la identificación y el acceso a los requisitos legales, y otros requisitos a los que la
organización se someta que sean aplicables a los aspectos medioambientales de sus actividades,
productos o servicios.
4.3.3. Objetivos y metas. La organización debe establecer y mantener documentados los objetivos y
metas medioambientales, para cada una de las funciones y niveles relevantes dentro de la organización.
Cuando se establezcan y revisen estos objetivos, la organización debe considerar los requisitos legales y
de otro tipo, sus aspectos medioambientales significativos, sus opciones tecnológicas y sus requisitos
financieros, operacionales y de negocio, así como la opinión de las partes interesadas.
Los objetivos y metas deben ser consecuentes con la política medioambiental, incluido el compromiso de
prevención de la contaminación.
4.3.4. Programa(s) de gestión medioambiental. La organización debe establecer y mantener al día un
programa o programas para lograr sus objetivos y metas. Debe incluir:
Asignación de responsabilidades para lograr los objetivos y metas en cada función y nivel relevante de la
organización.
Los medios y el calendario en el tiempo en que han de ser alcanzados.
Si un proyecto se relaciona con nuevos desarrollos y actividades, productos o servicios nuevos o
modificados, el programa o programas, debe modificarse, donde sea necesario, para asegurarse de que
la gestión medioambiental se aplica a tales proyectos.
4.4. Implantación y funcionamiento
4.4.1. Estructura y responsabilidades. Las funciones, las responsabilidades y la autoridad, deben estar
definidas y documentadas, y se debe informar al respecto para facilitar la eficacia de la gestión
medioambiental.
La dirección debe preveer los recursos esenciales para la implantación y control del sistema de gestión
medioambiental. Estos recursos incluyen tanto recursos humanos y conocimientos especializados, como
recursos tecnológicos y financieros.
La alta dirección de la organización debe designar uno o varios representantes específicos que, sin
perjuicio de otras responsabilidades, deben tener definidas sus funciones, autoridad y responsabilidades
para:
- Asegurar que los requisitos del sistema de gestión medioambiental están establecidos, implantados
y mantenidos al día de acuerdo con esta Norma Internacional.
- Informar del funcionamiento del sistema de gestión medioambiental a la alta dirección para su
revisión y como base para la mejora del sistema de gestión medioambiental.
4.4.2. Formación, sensibilización y competencia profesional. La organización debe identificar las
necesidades de formación. Se requerirá que todo el personal cuyo trabajo pueda generar un impacto
significativo sobre el medio ambiente haya recibido una formación adecuada.
La organización debe establecer y mantener al día procedimientos para hacer conscientes a sus
empleados o miembros en cada nivel relevante de:
- La importancia del cumplimiento de la política medioambiental y de los procedimientos y requisitos
del sistema de gestión medioambiental.
- Los impactos medioambientales significativos, actuales o potenciales de sus actividades y los
beneficios para el medio ambiente de un mejor comportamiento personal.
Sus funciones y responsabilidades en el logro del cumplimiento de la política y procedimientos
medioambiental, y de los requisitos del sistema de gestión medioambiental, incluyendo los requisito
relativos a la preparación y a la respuesta ante situaciones de emergencia.
Las consecuencias potenciales de la falta de seguimiento de los procedimientos de
funcionamiento específicados.
El personal que lleve a cabo funciones que puedan causar impactos medioambientales significativos
debe tener una competencia profesional adecuada en base a una educación, formación o experiencia,
apropiadas.
4.4.3. Comunicación. Con relación a sus aspectos medioambientales y al sistema de gestión
medioambiental, la organización debe establecer y mantener al día procedimientos para:
La comunicación interna entre los diversos niveles y funciones de la organización.
Recibir, documentar y responder a las comunicaciones relevantes de partes interesadas externas.
La organización debe considerar procesos para comunicaciones externas en sus aspectos
medioambientales significativos, y registrar su decisión.
4.4.4. Documentación del sistema de gestión medioambiental. La organización debe establecer y
mantener al día, en papel o en formato electrónico la información para:
- Describir los elementos básicos del sistema de gestión y su interrelación.
- Orientar sobre la documentación de referida.
4.4.5. Control de la documentación. La organización debe establecer y mantener al día procedimientos
para controlar toda la documentación requerida por esta Norma Internacional, para asegurar que:
- puede ser localizada;
- sea examinada periódicamente, revisada cuando sea necesario y aprobada, por personal
autorizado;
- las versiones actualizadas de los documentos apropiados están disponibles en todos los puntos en
donde se lleven a cabo operaciones fundamentales para el funcionamiento efectivo del sistema de
gestión medioambiental;
- los documentos obsoletos se retiran rápidamente de todos los puntos de uso o distribución o se
asegure de otra manera que no se haga de ellos un uso iadecuado;
- los documentos obsoletos que se guarden con fines legales o para conservar la información están
adecuadamente identificados.
La documentación debe ser legible, fechada (con fechas de revisión) y fácilmente identificable,
conservada de manera ordenada y archivada por un período especificado. Deben establecerse y
mantener actualizados procedimientos y responsabilidades relativos a la elaboración y modificación de los
distintos tipos de documentos.
4.4.6. Control operacional. La organización debe identificar aquellas operaciones y actividades que están
asociadas con los aspectos medioambientales significativos identificados, conforme a su política, objetivos
y metas. La organización debe planificar estas actividades, incluyendo el mantenimiento, para asegurar
que se efectúan bajo las condiciones especificadas:
- estableciendo y manteniendo al día procedimientos documentados para cubrir situaciones en las
que su ausencia podría llevar a desviaciones de la política, los objetivos y metas medioambientales
- estableciendo criterios operacionales en los procedimientos;
- estableciendo y manteniendo al día procedimientos relativos a aspectos medioambientales
significativos identificables de los bienes y servicios utilizados por la organización, y comunicando
los procedimientos y requisitos aplicables a los proveedores y subcontratistas.
4.4.7. Planes de emergencia y capacidad de respuesta. La organización debe establecer y mantener al
día procedimientos para identificar y responder a accidentes potenciales y situaciones de emergencia, y
para prevenir y reducir los impactos medioambientales que puedan estar asociados con ello.
La organización debe examinar y revisar cuando sea necesario, sus planes de emergencia y
procedimientos de respuesta, en particular después de que ocurran accidentes o situaciones de
emergencia.
La organización también debe comprobar periódicamente tales procedimientos cuando ello sea posible.
4.5. Comprobación y acción correctora.
4.5.1. Seguimiento y medición. La organización debe establecer y mantener al día procedimientos
documentados para controlar y medir de forma regular las características clave de sus operaciones y
actividades que puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente. Esto debe incluir el registro
de la información de seguimiento del funcionamiento, de los controles operacionales relevantes y de la
conformidad con los objetivos y metas medioambientales de la organización.
Los equipos de inspección deben estar calibrados y someterse a mantenimiento, y los registros de este
proceso deben conservarse de acuerdo con los procedimientos de la organización.
La organización debe establecer y mantener al día un procedimiento documentado para la evaluación
periódica del cumplimiento de la legislación y reglamentación medioambiental aplicable.
4.5.2. No conformidad, acción correctora y acción preventiva. La organización debe establecer y mantener
al día procedimientos que definen la responsabilidad y la autoridad para controlar e investigar las no
conformidades llevando a cabo acciones encaminadas a la reducción de cualquier impacto producido, así
como para iniciar y completar acciones correctoras y preventivas correspondientes.
Cualquier acción correctora o preventiva tomada para eliminar las causad de no conformidades, reales o
potenciales, debe ser proporcional a la magnitud de los problemas detectados y ajustados y ajustada al
impacto medioambiental encontrado.
La organización debe implantar y registrar en los procedimientos documentados cualquier cambio que
resulte como consecuencia de las acciones correctoras y preventivas.
4.5.3. Registros. La organización debe establecer y mantener al día procedimientos para identificar,
conservar y eliminar los registros medioambientales. Estos registros deben incluir los relativos a formación
y los resultados de auditorías y revisiones.
Los registros medioambientales deben ser legibles, identificables y podrán ser relacionados con la
actividad, producto o servicio implicado. Los registros medioambientales deben estar guardados y
conservados de forma que puedan recuperarse fácilmente, y estén protegidos contra daños, deterioro o
pérdida. Debe establecerse y registrase el período durante el que deben ser conservados.
Los registros deben mantenerse al día, de modo conveniente para el sistema y para la organización, para
demostrar la conformidad con los requisitos de esta Norma Internacional.
4.5.4. Auditoría del sistema de gestión medioambiental. La organización debe establecer y mantener al día
programa(s) y procedimientos para que se realicen de forma periódica auditorías del sistema de gestión
medioambiental con objeto de:
- determinar si el sistema de gestión medioambiental
- cumple los planes establecidos para la gestión medioambiental, incluyendo los requisitos de esta
Norma Internacional;
- ha sido adecuadamente implantado y mantenido;
- suministrar información sobre los resultados de las auditorías a la dirección.
El programa de auditoría de la organización, incluyendo su planificación, debe basarse en la importancia
medioambiental de la actividad implicada y en los resultados de las auditorías previas. Para que sean
completos, los procedimientos deben cubrir el alcance de la auditoría, la frecuencia y las metodologías, así
como las responsabilidades y los requisitos para llevar a cabo auditorías e informar de los resultados.
4.6. Revisión por la Dirección
La alta dirección de la organización debe revisar el sistema de gestión medioambiental, a intervalos
definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y su eficacia continuadas. El proceso de
revisión por la dirección debe asegurar que se recoge toda la información necesaria para que la dirección
pueda llevar a cabo esta evaluación. La revisión debe estar documentada.
La revisión por la dirección debe atender a la eventual necesidad de cambios en la política, los objetivos y
otros elementos del sistema de gestión medioambiental, a la vista de los resultados de la auditoría del
sistema de gestión medioambiental, las circunstancias cambiantes y el compromiso de mejora continua
ANEXO A (Informativo)
DIRECTRICES PARA EL EMPLEO DE LA ESPECIFICACIÓN
Este anexo proporciona información adicional acerca de los requisitos y pretende evitar interpretaciones
erróneas de la misma. Esta anexo trata solamente los requisitos de los sistemas de gestión
medioambiental contenidos en el capítulo 4.
A.1. Requisitos generales.
Se pretende que la implantación de un sistema de gestión medioambiental como el descrito en la
especificación resulte en la mejora del comportamiento medioambiental. La especificación se basa en el
concepto de que la organización revisará y evaluará periódicamente su sistema de gestión
medioambiental con el fin de identificar y poner en práctica las oportunidades de mejora. Se pretende
que las mejoras en el sistema de gestión medioambiental resulten en mejoras complementarias del
comportamiento medioambiental.
El sistema de gestión medioambiental proporciona un proceso estructurado para la consecución de
mejoras continuas, cuyo ritmo de aplicación y extensión será determinado por la organización a la vista
de factores económicos y otras circunstancias. Aunque se pueda esperar alguna mejora en el
comportamiento medioambiental gracias a la adopción de un planteamiento sistemático, debería
entenderse que el sistema de gestión medioambiental es una herramienta que capacita a la organización
para alcanzar y controlar sistemáticamente el nivel de comportamiento medioambiental que a sí misma se
propone. La puerta en práctica y el funcionamiento de un sistema de gestión medioambiental no resultará
necesariamente por sí misma en una reducción inmediata de los impactos medioambientales negativos.
Una organización posee libertad y flexibilidad para definir sus límites y puede elegir la implantación de
esta Norma Internacional considerando la organización en su conjunto, o bien unidades operativas o
actividades específicas dentro de la organización. Si eta Norma Internacional siempre y cuando sean
aplicables a la unidad operativa o actividad específica que haya de estar sujeta a la Norma. El grado de
detalle y la complejidad del sistema de gestión medioambiental, el alcance de la documentación y los
recursos destinados al mismo dependerán del tamaño de las organización, así como de la naturaleza de
sus actividades. Este podría ser el caso, en particular, de las pequeñas y medianas empresas.
La integración de las materias medioambientales en el sistema global de gestión puede contribuir a la
implantación efectiva del sistema de gestión medioambiental, así como a la consecución de una mayor
eficacia y a la clarificación de las responsabilidades.
Esta Norma Internacional contiene los requisitos del sistema de gestión, basado en un proceso dinámico
que sigue el ciclo de "planificar, poner en práctica, comprobar y revisar".
El sistema debería capacitar a la organización para:
- establecer una política medioambiental adecuada par la organización;
- identificar los aspectos medioambientales que surjan de las actividades, productos y servicios,
pasados existentes o planificados de la organización, para determinar los impactos ambientales
significativos;
- identificar los requisitos legales y reglamentarios aplicables;
- identificar las prioridades y fijar los objetivos y metas medioambientales adecuados
- establecer una estructura y un programa(s), para llevar a cabo la política y alcanzar los objetivos y
metas;
- facilitar la planificación, control, seguimiento, acciones correctoras, actividades de auditoría y
revisión para asegurar que se cumple con la política y que el sistema de gestión medioambiental
sigue siendo apropiado;
- ser capaz de adaptarse a circunstancias cambiantes.
A.2. Política medioambiental.
La política medioambiental es el motor par la implantación y la mejora del sistema de gestión
medioambiental de la organización, de tal forma que puede mantener y mejorar potencialmente su
comportamiento medioambiental. Por tanto, la política debería reflejar el compromiso de la alta dirección
en lo referente al cumplimento de la legislación aplicable y la mejora continua. La política medioambiental
conforma la base a partir de la cual la organización establece sus objetivos y metas. La política
medioambiental debería ser lo suficientemente clara para poder ser entendida por las partes interesadas
tanto internas como externas, y debería examinarse y revisarse de forma periódica, para reflejar los
cambios en las condiciones y en la información. Su área de aplicación debería ser claramente
identificable.
La alta dirección de la organización debería definir y plasmar en un documento su política medioambiental
dentro del contexto de la política medioambiental de cualquier corporación empresarial al que pertenezca
y con el aval de tal corporación o grupo, si es que existiera.
NOTA.- La alta dirección puede consistir en un individuo o en un grupo de individuos con responsabilidad
ejecutiva en la organización.
A.3. Planificación.
A.3.1. Aspectos medioambientales.
El apartado 4.3.1. pretende proporcionar a la organización un proceso para identificar las aspectos
medioambientales significativos que deberían atenderse como prioritarios por el sistema de gestión
medioambiental de la organización. Este proceso debería tener en cuenta el coste y el tiempo que
supone la realización del análisis, así como la disponibilidad de datos fiables. En este proceso puede
emplearse información ya desarrollada por razones reglamentarias o de otro tipo. Las organizaciones
pueden también tener en cuenta el grado de control real que pueden tener sobre los aspectos
medioambientales bajo consideración. Las organizaciones deberían determinar lo que son sus aspectos
medioambientales, teniendo en cuenta los flujos materiales asociados con sus actividades productos y/o
servicios actuales y con los pasados que pudieran ser relevantes.
Una organización que carezca de sistema de gestión medioambiental debería, como un primer paso,
establecer su situación actual con respecto al medio ambiente, por medio de una revisión. El objetivo
debería ser la consideración de todos los aspectos medioambientales de la organización como base para
el establecimiento del sistema de gestión medioambiental.
Aquellas organizaciones con sistemas de gestión medioambiental operativos no tienen que llevar a cabo
dicha revisión.
La revisión debería cubrir cuatro áreas clave:
- requisitos legales y reglamentarios
- una identificación de los aspectos medioambientales significativos;
- un examen de todas las prácticas y procedimientos de gestión medioambiental existentes
- una evaluación de la información obtenida a partir de las investigaciones sobre incidentes previos.
En cualquier caso, deberían considerarse las operaciones normales y anormales dentro de la
organización, así como las situaciones potenciales de emergencia.
Un correcto planteamiento de la revisión puede incluir el uso de listas de comprobación, inspecciones y
mediciones directas y, resultados de auditorías anteriores o de otras revisiones dependiendo de la
naturaleza de las actividades.
El proceso para la identificación de los aspectos medioambientales significativos asociados a las
actividades en las unidades operativas deberían considerear, cuando fuese relevante, los siguientes
aspectos:
- emisiones atmosféricos
- vertidos al agua;
- gestión de residuos;
- contaminación del suelo;
- empleo de materias primas y recursos naturales;
- otras cuestiones medioambientales locales y que afecten a la comunidad.
Este proceso debería considerarse las condiciones de funcionamiento normales, las condiciones de
parada y arranque de las actividades, así como los impactos potenciales, juzgados con realismo,
asociados a situaciones de emergencia razonablemente previsibles.
El proceso trata de identificar los aspectos medioambientales significativos asociados a las actividades,
productos o servicios y, no pretende exigir una valoración detallada de su ciclo de vida. Las
organizaciones no tienen que evaluar dada entrada de producto, componente o materia prima. Pueden
seleccionar categorías de actividades, productos o servicios para identificar aquellos aspectos con mayor
probabilidad de tener en un impacto significativo.
El control e influencia sobre los aspectos medioambientales de los productos varía significativamente
dependiendo de la situación de mercado de la organización. Un contratista o suministrador de la
organización podría tener comparativamente poco control, mientras la organización responsable del
diseño del producto puede alterar dichos aspectos de forma significativa, por ejemplo cambiando un
único material de entrada. Aun reconociendo que las organizaciones pueden tener un control limitado
sobre el uso y desecho de sus productos, deberán considerar, cuando sea posible, los mecanismos
adecuados para el manejo y desecho. Esta disposición no debe suponer un camio o incremento de las
obligaciones legales de la organización.
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